lunes, 28 de junio de 2010

GRUPO 4 : GLIMAR QUIJADA Y MARIA HERNANDEZ.- Asamblea Constituyente Participación Y Protagonismo Del Liderazgo Indígena.


El Derecho Consuetudinario Indígena, conocido también en otras legislaciones como Derecho Indígena o Derecho Propio, constituye una manifestación específica de la autonomía política y social que reclaman los pueblos indígenas de algunos países de América Latina, con la finalidad de resolver los conflictos entre sus miembros de acuerdo a sus costumbres y tradiciones. Al hacer un recorrido por los avances constitucionales y normativos de este derecho, y observar el impacto que supone la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el orden interno de las naciones, se perfila como un elemento esencial que trastoca las disfunciones del derecho estatal y fortalece la participación de estos actores indígenas en los sistemas democráticos.
Palabras clave: Derecho consuetudinario, Estado, Multiculturalidad, Pluralismo Jurídico, autoridad indígena.
Capítulo VIII De los derechos de los pueblos indígenas:
"Actualmente habitan en Venezuela, al igual que en el resto del continente americano, pueblos cuya existencia antecede a la llegada de los primeros europeos, así como a la formación de los estados nacionales, razón por la cual se les denomina pueblos indígenas. Sus antepasados ocuparon durante miles de años estas tierras, desarrollando formas de organización social, política y económica, culturas, idiomas y tecnologías muy diferentes entre sí y respecto a las conocidas por los europeos de entonces. Ante la invasión, conquista y colonización europea, los indígenas defendieron heroicamente sus tierras y vidas."

"Durante quinientos años han mantenido su resistencia y lucha por el reconocimiento pleno de su existencia como pueblos, así como el derecho sobre sus tierras, lo cual hoy se materializa con la refundación de la República." "De la misma manera, como consecuencia de esta lucha y de sus particulares condiciones de vulnerabilidad, los derechos de los pueblos indígenas han sido reconocidos internacionalmente como derecho específicos y originarios."

"Este mismo reconocimiento en la Constitución implica un profundo cambio de perspectiva política y cultural que reorienta la conducción del Estado venezolano, al reconocer su carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe." /.../ "Sobre esta base el Capítulo referido a los derechos indígenas reconoce ampliamente la existencia de los pueblos indígenas, sus formas de organización, culturas e idiomas propios, así como sus hábitats y los derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que con indispensables para garantizar su continuidad biológica y sociocultural, las cuales además son asiento de sus referentes sagrados. Todo ello implica un profundo cambio en la perspectiva política y jurídica del país."
"Se establece que las tierras indígenas son inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles y que corresponde al Estado conjuntamente con los pueblos indígenas la demarcación de dichas tierras. Una ley especial desarrollará lo específico de tal demarcación a fin de resguardar la propiedad colectiva de las tierras los pueblos y comunidades indígenas que las habitan." /.../ Como parte de la valoración del patrimonio cultural indígena, el Estado reconoce las prácticas médicas tradicionales de los pueblos indígenas, las cuales hasta el presente han sido desconocidas y descalificadas /... / Los pueblos indígenas tienen el derecho de mantener y promover sus prácticas económicas, por lo que no se les podrá imponer planes y proyectos de desarrollo ajenos a sus intereses y necesidades..." (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - N° 5453 Extraordinario - 24 de marzo del 2000).
Capítulo VIII. De los Derechos de los Pueblos Indígenas de la mencionada Constitución de 1999:
"Artículo 119. El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutiva Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y la ley.
Artículo 120. El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, esta sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a la Constitución y a la ley.
Artículo 121. Los pueblos indígenas tiene derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentará la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas, los cuales tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.
Artículo 122. Los pueblos indígenas tienen derecho a una salud integral que considere sus prácticas y culturas. El Estado reconocerá su medicina tradicional y las terapias complementarias, con sujeción a principios bioéticos.
Artículo 123. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas basadas en a reciprocidad, la solidaridad y el intercambio; sus actividades productivas tradicionales, su participación en la economía nacional y a definir sus prioridades. Los pueblos indígenas tienen derecho a servicios de formación profesionales y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a los pueblos indígenas el goce de los derechos que confiere la legislación laboral.
Artículo 124. Se garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas. Toda actividad relacionada con los recursos genéticos y los conocimientos asociados a los mismos perseguirán beneficios colectivos. Se prohíbe el registro de patentes sobre estos recursos y conocimientos ancestrales.
Artículo 125. Los pueblos indígenas tiene derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley.
Artículo 126. Los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único soberano e indivisible. De conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad y la soberanía nacional.
El termino pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional." (Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36860. 30 de diciembre de 1999)."
El preámbulo anterior, basado en las normas constitucionales, tiene como propósito presentar el escenario más amplio de participación de las comunidades en la gestión ambiental y de los recursos naturales en el país, con lo cual Venezuela se equipara con los países más desarrollados a este respecto.
Es importante señalar que los estudios de impacto ambiental (EIA) adquirieron por primera vez rango constitucional, al establecerse que todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de EIA y estudios socio-culturales, normados mediante el Decreto No. 1257 vigente, sobre actividades susceptibles de dañar el ambiente confiriéndole la potestad al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARN), llamar a consulta pública cuando lo considere pertinente, aún cuando sus resultados no tengan carácter vinculante a los efectos substantivos del estudio. Las reformas probables en la normativa ambiental, pudieran exigir el carácter obligatorio a las consultas públicas de las evaluaciones ambientales exigidas a los proyectos de desarrollo, de manera de darle conformidad a las pautas constitucionales mencionadas anteriormente.
Los Decretos Ambientales vinculados a la Ley Penal del Ambiente sobre calidad de aire (No. 638), efluentes y vertidos líquidos (No. 883) , materiales y desechos peligrosos (No. 2635), exige al MARN, a los fines de lograr la participación de la comunidad que propicie la creación de Juntas Asesoras Regionales y Locales para el seguimiento de la calidad ambiental.
Es evidente la creciente tendencia mundial a la participación de las comunidades en el devenir de sus propios asuntos, incluyendo aquellos relacionados con su aspiración a una mejor calidad de vida. En la práctica, esto significa que los promotores de proyectos, especialmente de aquellos que potencialmente tienen impactos adversos al ambiente, deben incluir desde las mismas ideas iniciales, las variables de carácter socio-ambiental que permitan en primer lugar, cumplir con la normativa legal, y en segundo lugar, anticipar reacciones, comportamientos, formas de proceder , entre otro


Analizados derechos de los pueblos indígenas en Congreso Internacional
La diputada Noelí Pocaterra, quien preside la Comisión de Pueblos Indígenas, dijo que se reunieron en el XIV Congreso Mundial de la Federación Democrática Internacional de Mujeres-FDIM, realizado en la ciudad de Caracas para evaluar diversos temas que son de interés para nuestros pueblos
En el XIV Congreso Mundial de la Federación Democrática Internacional de Mujeres-FDIM, realizado en la ciudad de Caracas, se analizaron diversos temas de interés para los pueblos indígenas, entre ellos el referido a los derechos de los hermanos en Latinoamérica, así como los logros alcanzados, según lo informó la diputada Noelí Pocaterra (Conive/Región Occidental).
La asambleísta señaló que en el encuentro se establecieron mesas de trabajo, las cuales tocaron diversos temas que tienen que ver con los pueblos ancestrales, sus orígenes, luchas y objetivos por lograr mejoras en todos los aspectos.
De esa forma, la legisladora, quien presidió la mesa N° 4, “Derechos de las Mujeres Indígenas: Cultura y Defensa del Ambiente”, destacó que le asignaron esa tarea para reflexionar acerca de la materia.
Recordó que tiene cincuenta años de lucha en pro de los derechos de los hermanos, destacando que “para esa lucha no hay edad, infancia y vejez, es sólo motivo de una existencia de miles de millones de existencias para lograr tener una vida mejor”.
Refiriéndose al área ambiental, expresó que el planeta tiene la posibilidad de acceder a los conocimientos tradicionales de los pueblos originarios, que permitan la defensa de la tierra que por la crisis de la sociedad occidental se ha vuelto prácticamente un caos.
Afirmó que las mujeres originarias “reivindicamos nuestra cultura, caseríos, modos de producción, por eso en la actualidad reivindico el poder femenino de manera firme, como una forma política de alcanzar la conciencia por la vía de la paz”.
Expresó que el indio conserva aún su forma de vivir en plenitud, la intensidad y poesía del agua, fuego y la agudeza de la espina, el silencio y la escucha profunda en este mundo de ruidos, a la mujer indígena como la primera educadora, como el germen del afecto primigenio de nuestros orígenes.
Problemas que nos afectan
Insistió en que las mujeres siguen siendo las trasmisoras de la cultura, las que guardan los secretos de la medicina tradicional y en muchas ocasiones de la diversidad lingüística, es decir, que las mujeres tienen todavía en sí la fuerza para dar continuidad de sus pueblos y culturas autóctonas.
Mencionó que nos hemos superado en las formas organizativas, encontramos organizaciones tradicionales junto a microempresas, cooperativas, organizaciones creadas para la lucha por los derechos indígenas y muchas más.
La lucha en Venezuel
Pocaterra resalta que en Venezuela se han gestado movimientos y actividades en pro de los derechos de los pueblos originarios y muchos de los actuales líderes venían trabajando desde hace muchos años en ese aspecto.
Uno de esos logros, acotó, es que los derechos indígenas están incluidos en la Carta Magna, “que logramos veinte años después, gracias a nuestra perseverancia y al proceso revolucionario que vivimos”.
Asimismo, precisó que la formación de una organización nacional indígena que hicimos realidad hace más de diez años, que es el Consejo Nacional Indio (Conive).
Además, expuso que lograron incluir tres representantes indígenas por el voto popular en la Asamblea nacional para desarrollar los preceptos constitucionales y así se logró aprobar las siguientes leyes: Demarcación de los Territorios Indígenas, Pueblos y Comunidades (LOPCI), Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Al igual, el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los pueblos étnicos de Latinoamérica y el Caribe, el Decreto de Cedulación Indígena firmado por el presidente Hugo Chávez, y las leyes que se tienen en proyecto para su aprobación: Ley de Representantes Indígenas a Cargos de Representación Popular, Ley de Idiomas Indígenas, y la del Patrimonio Indígena.
En ese mismo orden de ideas, informó que se ha logrado la creación del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, la Dirección de Educación étnica, en el despacho de Educación y la coordinación de Salud Indígena.
Pocaterra subrayó, finalmente, que siguen en la lucha por lograr que todos los derechos de los pueblos indígenas sean respetados “y alcanzar las metas que nos hemos propuesto”.

Indígenas de Venezuela

Grupos Étnicos
Para el momento del contacto europeo había una gran heterogeneidad de etnias indígenas en el territorio que hoy es Venezuela. Muchas de estas poblaciones desaparecieron por diversos motivos: exterminio, esclavitud, guerras, reducciones, enfermedades y por asimilación a la población global.
Según el censo de 1992, la población indígena venezolana alcanza el número de 308.762 personas, agrupadas en 28 grupos étnicos. De éstos, los guajiros o wayuu, estimados en 168.318 individuos, constituyen el grupo más numeroso y representan el 53% de toda la población indígena del país.
Las entidades con mayor población indígena son: Zulia (64%), Amazonas (12%), Bolívar (11%), Delta Amacuro (7%). Además, hay grupos indígenas en Anzoátegui, Apure, Monagas y Sucre. Generalmente viven dispersos para aprovechar mejor los recursos de su hábitat y tradicionalmente han mantenido zonas de reserva que permiten la regeneración de los suelos y de la biota, costumbre practicada en particular por los grupos de la selva tropical.
La mayoría de estas etnias se han adaptado parcialmente a la convivencia con la población criolla occidental, aunque mantienen su identidad étnica, el idioma, los valores culturales ancestrales. Conservan extensiones variables de tierras originales, registran un perfil demográfico positivo y gozan de niveles de salud aceptables, aunque a veces precarios.
Muy diferente es el caso de aquellos indígenas que han sido atraídos a ciudades como Maracaibo, Tucupita y Puerto Ayacucho, en donde, a pesar de la ayuda más bien esporádica y/o improvisada de algunas agencias gubernamentales y misioneros, viven en condiciones deplorables y constituyen la población urbana más marginal.
Según su filiación, los indígenas venezolanos pertenecen a las siguientes familias lingüísticas:
ARAWAK
Agrupa a los Guajiros o Wayuu (168.318 individuos), Paraujano o Añú (17.437 individuos), Baré o Balé (1.520 individuos), Kurripako o Kúrrim (2.806 individuos), Baniva o Banibas (l.150 individuos), Piapoko o Tsase (1.331 individuos) y Warekena o Guarequena (409 individuos);
CARIBE
Formada por los Pemón (18.871 individuos), Kariña (11.141 individuos), Yukpa (4.173 individuos), Yekuana o Maquiritare (4.408 individuos), Panare o E'ñepa (3.133 individuos), Akawayo (807 individuos) y Yavarana (318 individuos);
WARAO
O Guaraúnos (23.957 individuos);
YANOAMAMA
Que agrupa a los Yanomami (7.069 individuos) y a los Sanima (2.058 individuos);
GUAJIBO
O Hiwi (11.064 individuos);
PIAROA
O Wotuha (11.103 individuos);
YARURO
O Pumé (5.415 individuos);
CHIBCHA
Representado en Venezuela por los Barí, que son los mal llamados "motilones Los bravos" (1.520 individuos); Puinave (773 individuos) y Jodi (643 individuos).
indígenas en la actualidad
El proceso de aculturación de los indígenas colombianos, se ha visto acelerado por el contacto que han tenido con colonos y algunos institutos de carácter antropológico o religioso. Estas instituciones han introducido elementos culturales, costumbres, conceptos, lenguas y creencias distintos a los practicados por las comunidades indígenas sobrevivientes.
Para poder mantener vivo el legado de sus antepasados, muchos indígenas han tenido que aislarse en lugares de difícil acceso para el hombre blanco, como los territorios de la Sierra Nevada de Santa Marta o las selvas del Guaviare.
Los indígenas que actualmente habitan Venezuela son descendientes de aquellos primeros pobladores que llegaron a nuestro territorio hace miles de años provenientes de diferentes puntos de la tierra, principalmente de Asia. Aunque somos muy parecidos unos a otros, hay diferentes maneras de ser indígena.
Por ejemplo los Ye'kuana y los Warao son reconocidos como excelentes navegantes y constructores de curiaras, pero habitan en lugares distantes y sus idiomas y algunas de sus costumbres son diferentes. Los Ye'kuana viven en la selva del Amazonas y la Guayana venezolana donde abundan los tepuyes y nacen muchos de los ríos tributarios del Orinoco. Construyen unas hermosas y grandes casas circulares de techos cónicos llamadas churuatas.
Los Warao por su parte, habitan en el Delta del Orinoco desde hace miles de años. Allí, sobre las aguas de los muchos caños que conforman el delta, levantan sus casas encima de una estructura de pilotes. Estas casas, muy parecidas a las que construyen los Añu o paraujanos en la Laguna de Sinamaica (Estado Zulia), son las que conocemos como palafitos.
Pero para todos los pueblos indígenas, así como para el resto de los venezolanos y muchas otras sociedades, el bienestar de la familia y la educación de niños y jóvenes, es lo más importante.
De acuerdo al Censo Indígena realizado en 1992, la población indígena de Venezuela sobrepasaba las trescientas mil (300.000) personas pero algunos consideran que en realidad son más de quinientos mil (500.000) indígenas, divididos entre unas veinticinco etnias. Cuando hablamos de una etnia, un pueblo o una comunidad indígena, nos referimos a un grupo humano que posee su propio idioma, creencias y costumbres y cuyos miembros se reconocen entre sí como parientes o descendientes de un origen común.
Es importante señalar que la mayoría de nuestros pueblos y comunidades se localizan en las fronteras, en las zonas limítrofes con Brasil, Colombia y Guyana.
Épocas indígenas en Venezuela
Los primeros habitantes de América procedieron de Asia, según demuestran evidencias genéticas, lingüísticas, osteológicas y odontológicas.
El poblamiento inicial se dio en varias oleadas. La primera de ellas se difundió desde el estrecho de Behring hasta el extremo meridional de Sudamérica, en un largo proceso migratorio y de adaptación a nuevos ambientes naturales. Sigue siendo controversia la fecha de entrada al continente de esta migración: según diversos especialistas, oscila entre 40.000 y 20.000 años. La antigüedad del hombre en Venezuela se estima de unos 20.000 años, aunque las fechas radiocarbónicas asociadas a los primeros habitantes (conocidos como Paleo-Indios) datan de 16.000 años a.C.
Estos cazadores de herbívoros gigantes hoy extintos, como el mastodonte y el megaterio, lograban sus presas con artefactos líticos rudimentarios. Además, trabajaban la madera, la fibra, el hueso, el cuero y la concha. Los yacimientos que dan testimonio de los primeros pobladores de Venezuela son: El Jobo, Muaco y Taima-Taima en Falcón, Manzanillo en Zulia, El Vano en Lara, y Tukupén en Bolívar.
Alrededor de 5.000 a.C. ocurrieron cambios climáticos notables en el norte de Sudamérica y, como consecuencia de ello, la megafauna probablemente se extinguió y el hombre se vio forzado a buscar otras fuentes de alimentación. La nueva vida se marca en la llamada época Meso-India. En ella se dieron diversas formas de subsistencia, de las cuales la modalidad mejor conocida corresponde a los pescadores, recolectores y navegantes costeños, cuyo testimonio de existencia se ha encontrado en inmensos concheros a lo largo de la costa, en especial en Sucre (Guayana) y Falcón (El Heneal). Además de los restos de desperdicios de concha, se encuentra allí una industria lítica de piedra pulida (como hachas y martillos), y de concha, como las gubias o vaciadores de canoas monóxilas para la navegación, hechas de botutos, Strombus gigas. Los navegantes costeños de este periodo eventualmente se familiarizaron con el mar Caribe y lo fueron poblando paulatinamente.
La siguiente época en la arqueología venezolana y del Caribe se conoce como Neo-India. Se caracterizó en líneas generales por la adopción de un sistema agrícola eficiente, lo cual permitió el establecimiento de comunidades permanentes, cuya subsistencia se basó principalmente en las plantas cultivadas como la yuca, el maíz y otros productos tropicales, complementada con la pesca, la recolección y la caza de animales salvajes, un modo de vida que caracteriza aún a algunas poblaciones indígenas.
Esta época está bien documentada en la arqueología venezolana y data de unos 1.500 años a.C. La evidencia más visible de su presencia es el hallazgo de gran cantidad de restos de cerámicas, abundantes en todo el territorio nacional. Además de cerámica, la época Neo-India también se distingue por la aparición de sistemas agrícolas sofisticados (campos drenados), irrigación, construcciones artificiales de tierra y piedra que denotan una arquitectura incipiente, y restos de objetos asociados a actividades mágico-religiosas. Fueron las sociedades que los conquistadores europeos encontraron en el momento de su llegada, las cuales podían variar desde grupos tribales igualitarios, pasando por sociedades más nómadas dedicadas a la pesca y recolección, hasta cacicazgos evolucionados.
Con la llegada de los europeos a fines del siglo XV se inicia la época Indo-Hispana. Aquí se destaca el emplazamiento de Nueva Cádiz, en la isla Cubagua, en el oriente venezolano, que fue la primera ciudad española fundada en Sudamérica. Nueva Cádiz no sólo albergaba españoles y esclavos indígenas, sino también esclavos traídos de África. Las excavaciones arqueológicas han dejado al descubierto una serie de ruinas, restos de casas, un monasterio, la iglesia, un convento, esculturas de piedra y gran cantidad de artefactos de diversos materiales, tanto españoles (mayólica y azulejos) como cerámica indígena procedente de diversas áreas del Caribe. Cubagua, como tantos otros sitios arqueológicos de Venezuela, ha sido saqueada en tiempos recientes y urge una política seria y moderna que proteja este patrimonio, herencia cultural de todos los venezolanos y americanos.
Las etnias indígenas en la actualidad
Para el momento del contacto europeo había una gran heterogeneidad de etnias indígenas en el territorio que hoy es Venezuela. Muchas de estas poblaciones desaparecieron por diversos motivos: exterminio, esclavitud, guerras, reducciones, enfermedades y por asimilación a la población global.
Según el censo de 1992, la población indígena venezolana alcanza el número de 308.762 personas, agrupadas en 28 grupos étnicos. De éstos, los guajiros o wayuu, estimados en 168.318 individuos, constituyen el grupo más numeroso y representan el 53% de toda la población indígena del país.
Las entidades con mayor población indígena son: Zulia (64%), Amazonas (12%), Bolívar (11%), Delta Amacuro (7%). Además, hay grupos indígenas en Anzoátegui, Apure, Monagas y Sucre. Generalmente viven dispersos para aprovechar mejor los recursos de su hábitat y tradicionalmente han mantenido zonas de reserva que permiten la regeneración de los suelos y de la biota, costumbre practicada en particular por los grupos de la selva tropical.
La mayoría de estas etnias se han adaptado parcialmente a la convivencia con la población criolla occidental, aunque mantienen su identidad étnica, el idioma, los valores culturales ancestrales. Conservan extensiones variables de tierras originales, registran un perfil demográfico positivo y gozan de niveles de salud aceptables, aunque a veces precarios.
Muy diferente es el caso de aquellos indígenas que han sido atraídos a ciudades como Maracaibo, Tucupita y Puerto Ayacucho, en donde, a pesar de la ayuda más bien esporádica y/o improvisada de algunas agencias gubernamentales y misioneros, viven en condiciones deplorables y constituyen la población urbana más marginal.



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